En Armas y Asociados ofrecemos asesoramiento jurídico integral, no solo dedicado a empresas y autónomos. Contamos con un gran equipo de expertos en Derecho Laboral, Civil, Penal, Contencioso Administrativo y de Familia. Hoy queremos hablarte de las medidas paternofiliales, que forman parte del ámbito familiar.
Definición de las medidas paternofiliales
Las medidas paternofiliales son disposiciones, de mutuo acuerdo o por resolución judicial, que, básicamente, regulan la relación entre los padres y los hijos menores, cuando se produce una separación o divorcio. Como parte de las medidas paternofiliales se incluyen el ejercicio de la patria potestad y la custodia de los hijos, entre otras.
Las medidas paternofiliales están reguladas por el Código Civil, así como por la Ley de Enjuiciamiento Civil. Cabe destacar que, como parte de estas medidas no se tiene en cuenta la voluntad de los padres, sino lo que es mejor para los menores, es decir, sus derechos y bienestar. Además, también es importante resaltar que las medidas paternofiliales no solo se aplican a las parejas que contrajeron matrimonio y se divorcian, sino también a las parejas de hecho e, incluso, a aquellas a las que no une ningún vínculo legal, pero que terminan por separarse.
¿Qué es la guarda y custodia y la patria potestad?
Normalmente, se suelen confundir los términos patria potestad y guarda y custodia de los menores, pero se trata de conceptos distintos. En primer lugar, la patria potestad comprende la capacidad para decidir, de forma conjunta, sobre los acontecimientos y aspectos más importantes en la vida de los hijos menores (elección de colegio, tipo de educación, residencia, etcétera).
Por otra parte, la guarda y custodia determina cuál de los progenitores, una vez que se produzca la separación, será el que se encargue del cuidado de los menores en su día a día. En otras palabras, quien convive con los hijos menores.
Los tipos de guarda y custodia
Al hablar de las medidas paternofiliales es imprescindible destacar que existen distintos tipos de guarda y custodia. Es posible que esta corra a cargo, de forma exclusiva, de uno de los progenitores. Es decir, el menor convive únicamente con su madre o su padre, mientras que el otro progenitor se somete a un régimen de visitas.
También existe la guarda y custodia compartida. Aquí, ambos progenitores conviven, por igual, con los hijos menores. Puede establecerse un régimen en el que el menor pase una semana en casa de uno de sus padres y la siguiente en la del otro, pero también puede ser algo por quincenas, etcétera.
¿Qué ocurre con la casa después de un divorcio?
Tras la separación y si la pareja residía en una vivienda propiedad de uno de los miembros, el propietario pasa a segundo plano. Esto se debe a que el juez puede ordenar el uso del inmueble en favor de aquel a quien se le conceda la guarda y custodia de los menores o por el hecho de tener peor situación económica.
Sobre el convenio regulador
Las medidas paternofiliales pueden ser de mutuo acuerdo o determinarse por la vía contenciosa. En cualquiera de los casos, esta serie de medidas se establece en un documento que suele denominarse Convenio Regulador. Como ya adelantamos, todas las parejas con hijos, hayan estado casadas o no, deben firmar un convenio en el que se determinen las medidas paternofiliales y se establezcan todos los aspectos relativos a los hijos.
En este documento, además de aclarar quién tiene la guarda y custodia del menor y quién permanece en la propiedad (en los casos de divorcio), también se establecen otra serie de pautas por las que los padres deben guiarse.
Como ya mencionamos, el convenio puede ser de mutuo acuerdo. En este caso, ambos progenitores acuden al mismo abogado y se llega a un acuerdo para regular la situación de los menores. Sin embargo, cuando no hay consenso, entonces cada progenitor puede buscar su propio abogado y se hace una firma por la vía judicial.
Régimen de visitas
En el Convenio Regulador se determinan los regímenes de visitas que pueden ser intersemanales o de fines de semana quincenales. Todo depende del acuerdo al que lleguen los padres. También es importante establecer aquí con quién estarán los menores durante las vacaciones, etcétera; y dónde y cuándo serán las entregas y recogidas.
Cuando uno de los progenitores no esté con los menores, tiene derecho a mantener comunicación con ellos. Y en el convenio también se establecen las formas de hacerlo.
Pensión de alimentos en las medidas paternofiliales
La pensión de alimentos es la cuantía económica que se satisface en favor de los hijos menores. El abono de este importe depende de si se trata de una custodia compartida o exclusiva, pero la cantidad también depende de los ingresos del progenitor y la edad de los menores.
Cuidado, no es lo mismo la pensión de alimentos que la pensión compensatoria. Esta segunda es una prestación que se otorga a un cónyuge, por parte del otro, cuando se produce un desequilibrio económico respecto a la situación previa a la separación.