Trámites para extranjeros que trabajan en tu empresa

Descubre cuáles son los trámites para extranjeros en tu empresa

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Si tienes pensado contratar extranjeros para tu negocio o empresa, ¡Estás en el lugar correcto! Desde Armas & Asociados no solo te contamos todo lo que necesitas saber al respecto, sino que también te ayudamos a gestionar los distintos trámites para extranjeros, como las regulaciones, la gestión de nuevos permisos, prórrogas, la obtención de la nacionalidad y del permiso de residencia para inversores.

¿Cuáles son los trámites para extranjeros en tu empresa?

Debemos decirte que puedes contratar a trabajadores extranjeros, tanto de la Unión Europea como de terceros países, pero es importante tener en cuenta que el proceso no es el mismo. Contratar a un extranjero comunitario no supone un reto, pues no necesitan permisos laborales adicionales para trabajar en el país. Cosa que sí ocurre con los extranjeros no comunitarios.

Las cosas se complican cuando el trabajador no es residente español o cuando se encuentra en situación de irregularidad. Hoy en día puedes contratar a una persona que todavía no se ha mudado a España, pero también a cualquiera que viva ya en el territorio, pero que no cuente con los papeles para poder trabajar. En estos dos casos en concreto, los trámites para extranjeros se vuelven un tanto complejos y es importante contar con una asesoría laboral especializada, como la que encontrarás en Armas & Asociados.

Es posible contratar extranjeros en tu empresa

¡Mucho cuidado! No se puede contratar a extranjeros en situación de irregularidad, pues puede acarrear multas de entre 10.000 y 100.000 euros. Si quieres contratar a una persona que no dispone del permiso de trabajo, deberás iniciar un proceso de regularización, como es el caso del arraigo social. Solo después de conseguir este permiso, la persona podrá trabajar en tu empresa.

Por otra parte, si ya tienes a un trabajador extranjero en tu empresa, pero el permiso caduca tienes dos opciones: resolver el contrato de trabajo, con la correspondiente indemnización o ayudarle con la renovación del permiso. En el segundo caso, el proceso es bastante rápido, pues solo necesitas proporcionar al trabajador una copia del contrato de trabajo.

Autorización inicial de trabajo por cuenta ajena (extranjeros no residentes)

Es posible contratar a extranjeros no residentes en el territorio nacional y obtener la autorización inicial de trabajo por cuenta ajena. Sin embargo, en este caso, la situación nacional de empleo debe permitir la contratación del trabajador, salvo en algunos casos en concreto. Por ejemplo, ser hijo o cónyuge de un extranjero residente en España o de un extranjero nacionalizado; ser titular de una autorización previa con posibilidades de renovación, ser refugiado o apátrida, etcétera.

Queremos destacar que este tipo de permiso también se concede a los extranjeros que obtengan una autorización de residencia temporal a través de procedimientos previstos en el artículo 31.3 de la Ley Orgánica de Extranjería; por ejemplo, situación de arraigo, por razones humanitarias, por colaboración con la justicia y por circunstancias extraordinarias.

La autorización inicial de residencia temporal y trabajo tiene una duración máxima de un año. Cabe destacar que puede limitarse a un ámbito geográfico y a una actividad específica. Para poder iniciar este trámite, es necesario cubrir ciertos requisitos como garantizar al trabajador la actividad continuada durante el período de vigencia de la autorización. Este requisito se acredita a través de un contrato de trabajo.

Es muy importante recalcar que cuando se trata de estos trámites para extranjeros en tu empresa, debes haber formalizado tu inscripción como empresario en el régimen correspondiente de la Seguridad Social y, por supuesto, estar al corriente en las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. El hecho de no estar al día con estas obligaciones, puede suponer una denegación del permiso de trabajo.

Conseguir el permiso de trabajo es uno de los trámites para extranjeros

Desde Armas & Asociados te contamos que cada situación es diferente, así que, si necesitas asesoría laboral para llevar a cabo trámites para extranjeros, ¡Acércate a nosotros! La situación migratoria de cada persona es distinta y es necesario contar con la asesoría necesaria para resolver tus dudas e iniciar el trámite.

Trámites para extranjeros: Renovación de las autorizaciones

¿Qué ocurre cuando la autorización inicial caduca? Es necesario hacer otro de los trámites para extranjeros: la renovación del permiso de residencia y trabajo. Este trámite puede iniciarse dentro de los 60 días previos a la fecha de expiración de la tarjeta; sin embargo, también se cuenta con un plazo de tres meses desde que la autorización caduca para iniciar el proceso de renovación.

Para hacer este trámite hay que acreditar una serie de requisitos, como la continuidad de la relación laboral que dio lugar a la concesión inicial. De nueva cuenta, cada caso es distinto y los requisitos pueden variar dependiendo de la situación del trabajador.

Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena (duración determinada)

Este tipo de autorización permite el desempeño de una serie de actividades específicas. Dentro de estas actividades encontramos:

  • De campaña o temporada. La duración del permiso es igual al del contrato de trabajo y tiene un límite de nueve meses, en un período de 12 meses consecutivos.
  • Por obras o servicios para el montaje de plantas eléctricas, industriales, así como por la construcción de infraestructuras, edificaciones, redes de suministro eléctrico, etcétera.
  • Temporal para personal cualificado como el de alta dirección, artistas de espectáculos públicos, deportistas profesionales, entre otros.
  • Prácticas profesionales.

En cualquiera de los supuestos descritos, la vigencia de la autorización coincidirá con la del contrato de trabajo y tendrá un límite máximo de un año. Es muy importante que el extranjero se comprometa a retornar a su país de origen una vez que se extingue la relación laboral. De no hacerlo, se podrá denegar la concesión de otro permiso en el futuro (en los tres años siguientes).

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