Las claves para entender la reducción de la jornada laboral

Conoce cómo funcionará la reducción de la jornada laboral

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Ya desde hace unos meses que se habla de la reducción de la jornada laboral, una iniciativa que no se haría efectiva de forma inmediata, pues para poner en marcha esta medida es necesario hacerlo de forma progresiva, hasta alcanzar las 37,5 horas. ¿A quién afectaría esta iniciativa?

¿En qué consiste la reducción de la jornada laboral?

Tanto si eres empresario como empleado, esto te interesa. La reducción de la jornada laboral ya es un hecho, pero todavía llevará un par de años implementarla. El objetivo de esta medida, entre otras cosas, es decir adiós a las 40 horas semanales de jornada laboral. Primero se escalaría hasta llegar a las 38,5 horas (2024) para, en 2025, bajarla hasta las 37,5 horas a la semana. La cuestión es que esta medida promete no disminuir el salario de los trabajadores.

La reducción de la jornada laboral sería de 37,5 horas

La reducción de la jornada laboral se haría después de las conversaciones entre los representantes del gobierno y la patronal y sindicatos. Para que esta medida entre en vigor, primero es necesario tener en cuenta las características de los diferentes sectores de actividad, así como la evolución de la productividad y la situación económica.

Cabe destacar que, actualmente, España cuenta con más de 8,4 millones de trabajadores acogidos a convenios colectivos donde la jornada semanal es superior a las 37,5 horas. Por otra parte, aunque la jornada máxima legal es de 40 horas, casi 10 millones de trabajadores declaran trabajar más de ese límite. Unos datos que se han recogido en la última Encuesta de Población Activa de 2023.

Los tipos de jornadas reducidas

La reducción de la jornada laboral no es nada nuevo, sino que ya se encuentra contemplado en el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores. Actualmente, a esta modalidad pueden acogerse los trabajadores que se encuentren en los siguientes supuestos.

Por maternidad, paternidad o cuidado de hijos

Este es uno de los tipos de reducción de jornada más conocidos. Se aplica a los hombres y mujeres que necesitan restar horas a su actividad laboral para cuidar a un hijo menor de 12 años, pero con la correspondiente disminución proporcional del salario.

En los supuestos de lactancia, tienen derecho a ausentarse, durante una hora diaria sin perder salario, hasta que el hijo cumpla nueve meses. En caso de que ambos progenitores trabajen, solo uno de ellos puede acogerse a este permiso. Por otra parte, la ausencia de una hora puede dividirse en dos medias horas por jornada y, en caso de parto múltiple, se incrementa de manera proporcional.

Si el convenio colectivo lo prevé así o si se hace un acuerdo con la empresa, las horas pueden sustituirse por una reducción de jornada de media hora al día. También se pueden acumular las horas de lactancia en jornadas consecutivas y estas sumarse a la baja por maternidad.

En lo que a cuidados se refiere, los padres pueden reducir la jornada:

  • Por hospitalización de un hijo prematuro. Los padres pueden ausentarse durante una hora al día sin reducción del salario. Pueden pedir una reducción de dos horas al día, pero con disminución proporcional de los ingresos.
  • Por cuidar a un hijo, con una edad máxima de 18 años, por hospitalización o tratamiento continuado. En este supuesto, el hijo deberá tener una enfermedad grave acreditada.

Reducción de jornada laboral por estudios

En realidad, la jornada laboral reducida por estudios no existe, sino que lo más parecido son los contratos de formación. Según estos contratos, el trabajador puede asistir a su puesto laboral, pero también a la formación. ¿Y si no se celebra contrato de formación? Los estudiantes que trabajen pueden ausentarse para acudir a exámenes. También tienen derecho a elegir el turno de trabajo o adaptar la jornada. Cuidado, pues estos supuestos no tienen que ver con la reducción de la jornada laboral.

En lugar de 40 horas a la semana, se busca implementar jornadas de 37,5 horas

Jornada reducida para cuidar de un familiar o de mayores

Todos los trabajadores pueden reducir la jornada para el cuidado de familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, siempre y cuando estos no puedan valerse por sí mismos ni realicen actividad retribuida. Este supuesto se acompaña de la disminución proporcional del salario y no existe un límite de tiempo para la reducción de la jornada.

Los casos para reducir la jornada por guarda legal

Los trabajadores pueden pedir una reducción de la jornada siempre que sean responsables de la guarda legal de quienes describimos a continuación y de que estos no realicen ninguna actividad retribuida:

  • Menores de 12 años.
  • Personas con alguna discapacidad física, psíquica o sensorial.
  • Familiares hasta el segundo grado de consanguinidad que, por razones de edad, accidente o enfermedad no pueden cuidar de sí mismos.
  • Menores de 18 años hospitalizados, en tratamiento de cáncer o enfermedad grave.

Reducciones sin motivo y voluntarias

De acuerdo con el Estatuto de los Trabajadores, los empleados por cuenta ajena tienen derecho a solicitar la reducción de la jornada para conciliar su vida familiar y sin necesidad de alegar causas justificadas. Sin embargo, los trabajadores deben llegar a un acuerdo con el departamento de Recursos Humanos de la empresa y justificar su petición.

Lo importante es demostrar que la reducción no afectará la productividad ni la implicación en el trabajo. Por supuesto, la empresa se encargará de estudiar las opciones que se ajusten a las necesidades del trabajador. Esta reducción de jornada acarrea una disminución en la base salarial, los complementos y las vacaciones.

Reducción de la jornada laboral a 37,5 horas

Todavía se desconoce cómo se aplicaría la nueva medida acordada por el Gobierno, pero se sabe que afectaría a aquellas personas que se encuentran contratadas a jornada completa (40 horas a la semana). En ese sentido, cualquier trabajador que esté a tiempo completo pasaría de trabajar 40 horas a la semana, a tan solo 37,5 y sin una reducción de su salario.

Se desconoce también a qué sectores afectaría, pues el tejido hostelero ve inviable poder aplicar una jornada reducida hoy en día, cosa que no ocurre, por ejemplo, con los autónomos sin asalariados.

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